Condiciones de uso de «Verifica a tu inquilino»
Última actualización: 26 de octubre de 2026
Condiciones de uso de «Verifica a tu inquilino»
Borrador pendiente de revisión por abogado · Versión cf86d53ed3d0 · Última actualización: 26 de octubre de 2026
1. Quiénes somos
La herramienta «Verifica a tu inquilino» (la «Herramienta») la presta PROHOUSE VENTURES, S.L. («Professional House»), NIF B22859110, con domicilio social en Calle de los Baños de Sacedón, 14, 28810 Villalbilla (Madrid), titular de la web professional.house. El resto de sus datos están en el aviso legal de la web.
No hemos designado Delegado de Protección de Datos. Para cualquier cuestión sobre tus datos, escríbenos a privacidad@professional.house.
2. Qué hace la Herramienta
Lee la vida laboral y el certificado de IRPF de un candidato a inquilino y, si se aporta, su contrato de trabajo como documento de apoyo; comprueba en la sede de la Seguridad Social y en la de la Agencia Tributaria que los documentos con código de verificación son los originales; cruza los datos entre documentos y devuelve un resultado. No es una recomendación de alquilar o no alquilar, ni un informe de solvencia garantizado, ni un seguro. La decisión es siempre tuya.
3. Quién puede usarla
Personas mayores de edad que vayan a arrendar una vivienda propia o actúen en nombre de su propietario.
4. Uso permitido y prohibido
Solo puedes verificar a un candidato que te ha pedido alquilar tu vivienda y te ha entregado sus documentos para ese fin. Está prohibido:
- (a) verificar documentos obtenidos sin el conocimiento de su titular o para una finalidad distinta del arrendamiento;
- (b) usar la Herramienta para recopilar datos de personas, para comprobar documentos de forma masiva o automatizada, o para probar códigos de verificación;
- (c) usar el resultado para tratar de forma distinta a un candidato por su origen, sexo, edad, discapacidad, salud, religión, situación socioeconómica u otra circunstancia protegida por la Ley 15/2022. Los criterios tienen que ser objetivos y los mismos para todos los candidatos.
5. Lo que el resultado no garantiza
- La identidad del candidato: compruébala en persona, con el DNI original.
- Que la empresa empleadora sea real y solvente: una vida laboral auténtica puede venir de un alta en una empresa pantalla.
- La conducta futura del candidato.
El contrato de trabajo no lleva código de verificación: solo se comprueba cruzándolo con los documentos oficiales.
6. Responsabilidad
Professional House responde de prestar la Herramienta con diligencia y de cumplir el contrato de encargo. No responde de las decisiones que tomes con el resultado ni de los fallos de disponibilidad de las sedes públicas.
7. Precio y quién paga
- La verificación de documentos es gratuita.
- La verificación avanzada con el banco, cuando exista, será un servicio de pago que contrata el propietario que la solicita. Solo se cobra si el candidato la completa: si no la hace, o la retira antes de enviártela, no se cobra. Hoy está en preparación (próximamente); su precio se publicará antes de que puedas contratarla, siempre con el IVA incluido.
- El candidato nunca paga: para él, la verificación es gratis.
- Pagar no cambia quién es responsable de los datos ni te da acceso a nada que el candidato no haya visto y decidido enviarte.
8. Cambios y versiones
Cada versión de estas condiciones lleva su fecha y un código de versión, y guardamos qué versión aceptaste. Si cambian, te pediremos que las aceptes de nuevo antes de tu siguiente uso.
9. Ley y jurisdicción
Ley española. Si eres consumidor, los tribunales de tu domicilio.
Historial de cambios: 10 de octubre de 2026: Primer borrador, pendiente de revisión por abogado. 26 de octubre de 2026: Fuera el hueco pendiente del límite de responsabilidad.
Contrato de encargo del tratamiento (modo «subo yo los documentos»)
Borrador pendiente de revisión por abogado · Versión 7e4c00113f2b · Última actualización: 26 de octubre de 2026
Partes
El usuario que acepta (el «Responsable») y PROHOUSE VENTURES, S.L. (el «Encargado»), conforme al artículo 28.3 del RGPD.
Cláusula 1. Objeto
El Encargado trata, por cuenta del Responsable, los datos personales contenidos en los documentos que el Responsable sube a la Herramienta, con la única finalidad de verificar su autenticidad y su coherencia y devolverle el resultado.
Cláusula 2. Duración
El tiempo que dura cada verificación. El Encargado no conserva los documentos ni los datos extraídos una vez devuelto el resultado.
Cláusula 3. Naturaleza del tratamiento
Recepción en memoria; extracción automática de una lista cerrada de campos; comunicación del documento o de su código de verificación a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para el cotejo; comparación de la huella criptográfica (hash) de cada documento; cruce de datos; cálculo de ratios; devolución del resultado; supresión.
Cláusula 4. Instrucciones
El Responsable instruye al Encargado para:
- (a) realizar el tratamiento de la cláusula 3;
- (b) comunicar los documentos a la TGSS y a la AEAT, organismos que los emitieron, solo para cotejarlos;
- (c) elaborar estadísticas anónimas de uso (número de verificaciones y su resultado por sede), sin ningún identificador.
El Encargado no tratará los datos para ninguna otra finalidad ni los comunicará a terceros salvo obligación legal, de la que informará al Responsable si la ley no lo prohíbe. Si considera que una instrucción infringe la normativa, lo comunicará de inmediato.
Cláusula 5. Tipos de datos
Solo los campos que se extraen de los documentos: nombre y DNI o NIE; empleo actual (empresa, régimen, fecha de alta y clase de contrato, reducida a cuatro clases); antigüedad, porcentaje de días en alta y número de empleadores en el periodo que cubre la vida laboral; del certificado de IRPF, el ejercicio, los rendimientos del trabajo y de actividades, la base imponible general y los importes necesarios para estimar el neto mensual; y el estado de verificación de cada documento. Con ellos se calculan el neto mensual estimado y lo que queda tras pagar la renta. Los documentos pueden contener otros datos, incluidos datos de categorías especiales y de terceros, que el Encargado no extrae ni utiliza y descarta en el acto.
Cláusula 6. Interesados
Candidatos a inquilino y sus avalistas o cotitulares; de forma incidental, terceros mencionados en los documentos. Si en el contrato van a figurar varias personas, el Responsable verifica los documentos de cada una por separado, y su aceptación de este contrato cubre a cada interesado cuyos documentos sube.
Cláusula 7. Obligaciones del Encargado
- (a) Confidencialidad: solo acceden personas autorizadas y sujetas a confidencialidad. En el funcionamiento normal, ninguna persona ve los documentos.
- (b) Seguridad (art. 32 RGPD): las medidas del anexo I.
- (c) Subencargados: el Responsable autoriza de forma general a los del anexo II. El Encargado informará en la web de cualquier cambio con 15 días de antelación, y el Responsable podrá oponerse dejando de usar la Herramienta. El Encargado impone a cada subencargado las mismas obligaciones (art. 28.4 RGPD).
- (d) Derechos de los interesados: como no se conservan datos, el Encargado no puede facilitar acceso ni copia. Si un interesado se dirige al Encargado, se lo comunicará al Responsable si puede identificarlo, o le explicará que no conserva sus datos.
- (e) Asistencia: pone a disposición del Responsable el resumen de la evaluación de impacto de la Herramienta y la información necesaria para cumplir los artículos 32 a 36 del RGPD.
- (f) Violaciones de seguridad: notificará al Responsable sin dilación indebida, y en todo caso en 48 horas, cualquier violación de seguridad que afecte a sus datos, con la información del artículo 33.3 del RGPD de que disponga. Como el Encargado no conoce la identidad de los Responsables de este modo, la notificación será un aviso público en la web, salvo a quienes le hayan dado un correo.
- (g) Supresión: suprime los datos al terminar cada verificación. No hay devolución porque no hay conservación.
- (h) Información y auditoría: pone a disposición del Responsable la información necesaria para demostrar el cumplimiento y permite auditorías razonables, a cargo del Responsable y con preaviso.
Cláusula 8. Obligaciones del Responsable
- (a) Tener base jurídica para el tratamiento (normalmente, que el candidato le ha pedido alquilar la vivienda).
- (b) Informar a cada candidato, avalista o cotitular antes de subir sus documentos; Professional House le facilita el texto.
- (c) No subir documentos de personas que no se lo han pedido.
- (d) Suprimir los documentos y el resultado de los candidatos que no elija.
- (e) Atender los derechos de los interesados.
Cláusula 9. Transferencias internacionales
No se realizan, salvo las del anexo II, en las condiciones allí indicadas.
Anexo I. Medidas de seguridad (resumen)
Tratamiento solo en memoria, sin escritura en disco, almacenamiento ni base de datos; funciones en la Unión Europea; cifrado en tránsito; registros sin datos personales; protección contra bots y límite de uso; el certificado de la empresa, como secreto del entorno de producción; pruebas automáticas que comprueban que no se registran datos.
Anexo II. Subencargados
- Vercel Inc.: alojamiento y ejecución de la Herramienta, en la Unión Europea (Fráncfort). Garantías: contrato de encargo y adhesión al Data Privacy Framework.
- Sentry (Functional Software, Inc.): registro de errores, sin datos de los documentos, en la Unión Europea (Fráncfort). Garantías: contrato de encargo y adhesión al Data Privacy Framework, con cláusulas contractuales tipo de respaldo.
La TGSS y la AEAT no son subencargados: son los organismos que emitieron los documentos, a los que se comunican para cotejarlos.
Historial de cambios: 10 de octubre de 2026: Primer borrador, pendiente de revisión por abogado. 26 de octubre de 2026: Plazos fijados: 15 días de preaviso de los cambios de subencargados y 48 horas para avisar de una violación de seguridad.